EJUR · herramientas abiertas

Artículo 181

Plazos

Ley de Procedimiento Administrativo de Neuquén · Ley 1284

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El recurso deberá ser:

a) Interpuesto dentro del plazo de diez (10) días, computado desde la notificación del acto.

b) Tramitado y resuelto dentro de los plazos previstos en el artículo 159, sin perjuicio del derecho del particular a considerarlo denegado tácitamente conforme a los artículos 162 y 171.

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