EJUR · herramientas abiertas

Artículo 491

Edictos

Código Procesal Civil Adversarial de Neuquén · Ley 3551

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La subasta se anunciará por edictos, que se publicarán 2 (dos) veces en un lapso de 15 (quince) días, como máximo, según lo dispone el artículo 159.

Si se trata de inmuebles, a pedido de parte podrá, asimismo, anunciarse en medios de comunicación del lugar donde estén situados.

En todos los casos, la última publicación de edictos deberá realizarse, cuanto menos, 5 (cinco) días antes de la subasta. No podrán denunciarse defectos de publicidad de la subasta vencidos los 3 (tres) días contados desde la última publicación.

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