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Artículo 492

Contenido de los edictos

Código Procesal Civil Adversarial de Neuquén · Ley 3551

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Los edictos deberán expresar:

1. Número, identificación y datos actuales de radicación de la actuación digital única en la que se ordena la subasta, y su día, hora y lugar.

2. El nombre de las partes si estas no se oponen a que se consigne.

3. Las cantidades, el estado y el lugar donde los bienes podrán ser revisados por los interesados, excepto que tengan escaso valor.

4. Las condiciones de la subasta, incluyendo la base, cuando la hubiera, modalidad y forma de pago de los bienes y de la comisión.

5. Los gravámenes que registren los bienes.

6. Cuando la subasta sea de inmuebles, las condiciones de venta, estado de ocupación y horario de visitas; si están sujetos al régimen de propiedad horizontal o forman parte de conjuntos inmobiliarios, en las publicaciones y en el acto de realización deberá expresarse, cuando sea posible, el monto de las expensas comunes y contribuciones correspondientes al último mes y, si hubiese, la deuda por estos conceptos.

En la medida que el tipo de publicación lo permita, se agregarán imágenes de los bienes por subastar.

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Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

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