EJUR · herramientas abiertas

Artículo 76

Facultades disciplinarias

Código Procesal Civil Adversarial de Neuquén · Ley 3551

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Para mantener el buen orden y decoro en todas las actuaciones, los jueces podrán:

1. Mandar que se teste toda frase injuriosa o redactada en términos indecorosos u ofensivos, o archivar el escrito y dejar constancia sumaria de su contenido.

2. Llamar la atención a quienes perturben indebidamente el curso de una audiencia, pudiendo excluirlos si reinciden.

3. Aplicar las correcciones disciplinarias autorizadas por este Código y las leyes.

Elimporte de las multas que no tengan destino especial establecido en este Código se aplicará al que les fije mediante reglamentación el Tribunal Superior de Justicia.

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