EJUR · herramientas abiertas

Artículo 594

Oposiciones

Código Procesal Civil Adversarial de Neuquén · Ley 3551

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La oposición que se formule al tiempo de practicarse la mensura no impedirá su realización ni la colocación de mojones. Se dejará constancia en el acta de los fundamentos de la oposición, agregándose la protesta escrita, en su caso.

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Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

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