EJUR · herramientas abiertas

Artículo 52

Efectos sobre el proceso principal de la tercería de mejor derecho

Código Procesal Civil Adversarial de Neuquén · Ley 3551

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En la tercería de mejor derecho, continuará el trámite hasta la venta de los bienes, y se suspenderá el pago hasta que se decida sobre la preferencia, salvo si se otorga fianza para responder a las resultas de la tercería.

El tercerista será parte en las actuaciones relativas a la subasta o remate de los bienes.

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