Artículo 458
Aplicación a otros títulos ejecutables
Código Procesal Civil Adversarial de Neuquén · Ley 3551
Las disposiciones de esta sección alcanzarán también:
1. A la ejecución de transacciones o acuerdos homologados o presentados en las actuaciones cuando no requieran homologación.
2. A la ejecución de multas procedimentales.
3. Al cobro de honorarios regulados judicialmente.
4. A las condenaciones conminatorias que se hayan impuesto a un litigante o tercero, en beneficio de una parte procesal.
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