Artículo 296
Estándar de prueba
Código Procesal Civil Adversarial de Neuquén · Ley 3551
Para dar por probado un enunciado fáctico en una decisión, con la valoración se tendrá que alcanzar un estándar de probabilidad preponderante, salvo que para algún caso especial este Código o la ley impongan uno superior.
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