EJUR · herramientas abiertas

Artículo 260

Plazo

Código Procesal Civil Adversarial de Neuquén · Ley 3551

Ver en el visor de normas ↗

El plazo para apelar una resolución será de 5 (cinco) días desde su notificación, salvo los casos en que se establezca uno diferente.

Toda regulación de honorarios será apelable. Este recurso de apelación deberá interponerse dentro de los 5 (cinco) días de notificada aquella y podrá fundarse únicamente en el mismo acto, en cuyo caso se sustanciará.

Abrir este artículo en el visor ↗

Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

Compartir