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Artículo 200

Situaciones derivadas del proceso

Código Procesal Civil Adversarial de Neuquén · Ley 3551

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Además de los casos contemplados en el artículo anterior, durante el trámite procedimental podrán, a pedido de parte y sin sustanciación, ordenarse medidas cautelares:

1. Siempre que, por reconocimiento expreso o tácito derivado de conducta omisiva ante una carga procesal, resulten preponderantemente probables las afirmaciones fácticas que fundan el derecho alegado, y este sea procedente según lo actuado hasta entonces.

2. Si las peticionara el actor en un juicio en el que el demandado, debidamente notificado, no hubiera contestado la demanda dentro del plazo para hacerlo.

3. Si quien las solicita hubiera obtenido sentencia favorable, incluso si se encuentra recurrida o no está firme.

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