Artículo 45
Efectos de la presentación del poder y admisión de la personería
Código Procesal Civil y Comercial de Río Negro · Ley 5777
Presentado el poder y admitida su personería, el apoderado asume todas las responsabilidades que las leyes le imponen y sus actos obligan al poderdante como si los practicara él personalmente.
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