EJUR · herramientas abiertas

Artículo 205

Sentencia

Código Procesal de Familia de Río Negro · Ley 5396

Ver en el visor de normas ↗

Agregado el informe, y conforme sus conclusiones, dentro del plazo de quince (15) días, la judicatura dicta sentencia con alguna de las siguientes alternativas:

a) Cese de las restricciones a la capacidad o de la incapacidad.

b) Reducción de la nómina de actos que la persona no puede realizar por sí.

c) Rechazo.

Abrir este artículo en el visor ↗

Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

Compartir