EJUR · herramientas abiertas

Artículo 78

Artículo 78

Ley Orgánica del Poder Judicial de Río Negro · Ley 5190

Ver en el visor de normas ↗

La Justicia Electoral será ejercida por un Juzgado Electoral, con asiento en la ciudad de Viedma. El Juzgado tendrá una Secretaría Electoral, con las funciones que determine esta ley, el Código Electoral y de Partidos Políticos y el Reglamento Judicial.

Abrir este artículo en el visor ↗

Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

Compartir