EJUR · herramientas abiertas

Artículo 59

Presidencia y Vicepresidencia. Informe anual. Funciones

Ley Orgánica del Poder Judicial de Río Negro · Ley 5190

Ver en el visor de normas ↗

Cada Foro de Jueces y Juezas Penales elegirá anualmente un (1) Juez o Jueza perteneciente al Foro para la Presidencia y Vicepresidencia, respectivamente.

Deberán confeccionar anualmente un informe relativo a la gestión, los resultados de la actividad jurisdiccional, los recursos con los que cuentan, la relación con los demás actores del proceso y la relación con la Oficina Judicial, que será remitido al Superior Tribunal de Justicia, previa aprobación del foro correspondiente en pleno.

Abrir este artículo en el visor ↗

Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

Compartir