EJUR · herramientas abiertas

Artículo 159

Persona de derecho público no estatal. Estatutos

Ley Orgánica del Poder Judicial de Río Negro · Ley 5190

Ver en el visor de normas ↗

Persona de derecho público no estatal.

Estatutos. Los Colegios de Abogados y Abogadas, Procuradores y Procuradoras son personas de derecho público no estatal. Los estatutos que el Colegio dicte a los fines de su constitución legal deberán ajustarse a las disposiciones de la presente ley.

Abrir este artículo en el visor ↗

Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

Compartir