EJUR · herramientas abiertas

Artículo 72

Modalidad

Código Procesal Penal de Río Negro · Ley 5020

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Todas las personas que participen en una audiencia se expresarán en forma oral. No se admitirá la lectura de escritos o declaraciones salvo la lectura parcial de notas.

Quienes no puedan hablar o no entiendan el idioma español declararán por escrito o utilizarán intérpretes.

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Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

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