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Artículo 258

Comunicación

Código Procesal Penal de Río Negro · Ley 5020

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La Oficina Judicial comunicará a la autoridad administrativa responsable de la ejecución de las penas privativas de libertad de carácter efectivo o del control de las obligaciones si se trata de condenas condicionales, remitiendo copia de la sentencia y del cómputo.

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