EJUR · herramientas abiertas

Artículo 17

Legitimacion para denunciar

Ley de Violencia Familiar de Río Negro · Ley 3040

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Están legitimados para denunciar hechos de violencia familiar en el marco de esta Ley:

a) Las personas afectadas por la situación de violencia.

b) Los parientes de la víctima.

c) Los representantes legales y el Ministerio Público en caso de niños, niñas, adolescentes o incapaces.

d) Las personas que en su relación de vecindad o amistad hayan tomado conocimiento del hecho, si la víctima se encontrare impedida para hacerlo de manera física o emocionalmente en forma temporaria o permanente.

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