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Artículo 461

Determinación de los puntos de pericia - Plazo

Código Procesal Civil y Comercial de Neuquén · Ley 912

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Contestado el traslado que correspondiere según al artículo anterior o vencido el plazo para hacerlo, el juez designará el perito y fijará los puntos de pericia, pudiendo agregar otros o eliminar los que considere improcedentes o superfluos, y señalará el plazo dentro del cual el perito deberá cumplir su cometido. Si la resolución no fijare dicho plazo se entenderá que es de quince (15) dias.

(Conforme Ley 2121 )

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