Artículo 373
Modo y cómputo del plazo extraordinario
Código Procesal Civil y Comercial de Neuquén · Ley 912
El plazo extraordinario de prueba correrá juntamente con el ordinario, pero empezará a contarse desde el día siguiente al de la notificación de la resolución que lo hubiere otorgado.
Abrir este artículo en el visor ↗
Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.
Compartir
WhatsApp