Artículo 308
Forma y trámite
Código Procesal Civil y Comercial de Neuquén · Ley 912
Las partes podrán hacer valer la transacción del derecho en litigio, con la presentación del convenio o suscripción de acta ante el juez. Este se limitará a examinar la concurrencia de los requisitos exigidos por la ley para la validéz de la transacción, y la homologará o no. En este último caso, continuarán los procedimientos del juicio
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