Artículo 9
Competencia
Ley de Violencia contra las Mujeres de Neuquén · Ley 2786
Para los supuestos de “violencia contra la libertad reproductiva”, “violencia obstétrica”, “violencia institucional” y “violencia mediática contra las mujeres”, son competentes los juzgados con competencia en lo civil de la Provincia.
Para los supuestos de “violencia laboral contra las mujeres” son competentes los juzgados con competencia en lo laboral de la Provincia.
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