Artículo 14
Facultades del/la juez/a
Ley de Violencia contra las Mujeres de Neuquén · Ley 2786
El/la juez/a puede dictar más de una (1) medida a la vez, determinando la duración de las mismas, de acuerdo con las circunstancias del caso, y debiendo establecer un plazo máximo de duración, por auto fundado.
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