EJUR · herramientas abiertas

Artículo 51

Forma. Motivación

Ley de Procedimiento Administrativo de Neuquén · Ley 1284

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Serán motivados, con explicación de las razones de hecho y derecho que los fundamentan, los actos que:

a) Decidan sobre derechos subjetivos, concursos, licitaciones y contrataciones directas.

b) Resuelvan peticiones, recursos y reclamaciones.

c) Se separen del criterio seguido en actuaciones precedentes o del dictamen de órgano consultivo.

d) Deban serlo en virtud de otras disposiciones legales o reglamentarias.

e) Resulten del ejercicio de atribuciones discrecionales.

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