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Artículo 148

Artículo 148

Ley de Procedimiento Administrativo de Neuquén · Ley 1284

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Por préstamo del expediente. El retiro en préstamo del expediente implicará la notificación al prestatario de todos los actos recaídos en el mismo.

La notificación surtirá efectos desde la fecha del préstamo.

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