Artículo 148
Artículo 148
Ley de Procedimiento Administrativo de Neuquén · Ley 1284
Por préstamo del expediente. El retiro en préstamo del expediente implicará la notificación al prestatario de todos los actos recaídos en el mismo.
La notificación surtirá efectos desde la fecha del préstamo.
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