Artículo 138
Desgloses
Ley de Procedimiento Administrativo de Neuquén · Ley 1284
Todo desglose se hará bajo constancia, debiendo ser precedido por copia de la resolución que así lo ordenó.
Cuando se inicie un expediente o trámite con fojas desglosadas, éstas serán precedidas de una nota con la mención de las actuaciones de las que proceden y la cantidad de fojas con que se inicia el nuevo expediente. Además, se agregará copia de la resolución que ordenó el desglose.
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