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Artículo 699

Demanda

Código Procesal Civil y Comercial de Río Negro · Ley 5777

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Si la parte actúa con patrocinio letrado, la demanda debe observar, en la medida de lo posible, los requisitos del artículo 304 de este Código. En su defecto, contendrá, como mínimo, un relato completo de los hechos y la prueba de la que intente valerse.

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