Artículo 684
Trámite
Código Procesal Civil y Comercial de Río Negro · Ley 5777
El derecho del socio para examinar los libros de la sociedad se hace efectivo, sin sustanciación, con la sola presentación del contrato, decretándose las medidas necesarias que correspondan. El Juez o Jueza puede requerir el cumplimiento de los recaudos necesarios para establecer la vigencia de aquél. La resolución es irrecurrible.
Abrir este artículo en el visor ↗
Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.
Compartir
WhatsApp