EJUR · herramientas abiertas

Artículo 684

Trámite

Código Procesal Civil y Comercial de Río Negro · Ley 5777

Ver en el visor de normas ↗

El derecho del socio para examinar los libros de la sociedad se hace efectivo, sin sustanciación, con la sola presentación del contrato, decretándose las medidas necesarias que correspondan. El Juez o Jueza puede requerir el cumplimiento de los recaudos necesarios para establecer la vigencia de aquél. La resolución es irrecurrible.

Abrir este artículo en el visor ↗

Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

Compartir