EJUR · herramientas abiertas

Artículo 588

Remoción de mojones

Código Procesal Civil y Comercial de Río Negro · Ley 5777

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El agrimensor no puede remover los mojones que encuentre, a men4os que comparezcan todos los colindantes y manifiesten su conformidad por escrito.

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Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

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