Artículo 331
Traslado de la reconvención y de los documentos
Código Procesal Civil y Comercial de Río Negro · Ley 5777
Propuesta la reconvención, o presentándose documentos por el demandado, se da traslado al actor quien debe responder dentro de diez (10) o cinco (5) días respectivamente, observando las normas establecidas para la contestación de la demanda.
Para el demandado rige lo dispuesto en el artículo 308.
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