EJUR · herramientas abiertas

Artículo 64

Constancias de expedientes judiciales

Código Procesal de Familia de Río Negro · Ley 5396

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Cuando se ofrecen como prueba expedientes judiciales en trámite, puede agregarse copia certificada de las piezas pertinentes o del sistema informático, sin perjuicio de la facultad de la judicatura de requerir la remisión de las actuaciones originales en oportunidad de encontrarse el expediente en estado de dictar sentencia.

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Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

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