EJUR · herramientas abiertas

Artículo 168

Modificación de la medida

Código Procesal de Familia de Río Negro · Ley 5396

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Si dentro de una misma medida de protección excepcional el Organismo Proteccional dispone su modificación, se cita a una nueva audiencia a la que deben concurrir quienes la judicatura considere pertinente.

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