Artículo 136
Finalidad
Código Procesal de Familia de Río Negro · Ley 5396
Ámbito de aplicación personal. Este proceso está destinado a establecer las medidas de protección integral pertinentes para prevenir, sancionar
y erradicar la violencia familiar y de género y las cuestiones contempladas en las leyes especiales vigentes en la materia que no correspondan a otro fuero y para prestar asistencia a las personas afectadas, conforme el alcance que establecen las leyes especiales vigentes en la materia.
De acuerdo a las circunstancias del caso, la judicatura interviniente puede incluir otras relaciones personales según lo considere necesario, por decisión fundada. La convivencia actual no es requisito para la aplicación del proceso establecido en este Título.
Las medidas adoptadas en el proceso tienen carácter de autosatisfactivas.
Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.