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Artículo 120

Deberes y funciones

Ley Orgánica del Poder Judicial de Río Negro · Ley 5190

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Son deberes y funciones de quienes integran los Cuerpos de Investigación Forense de cada Circunscripción Judicial, además de los que se determine la reglamentación, los siguientes:

I.Del Director o Directora:

a) Organizar y ejercer el contralor de las tareas encomendadas a Profesionales, Técnicos y Técnicas de los Cuerpos de Investigación Forense de cada Circunscripción Judicial, receptando los requerimientos que se formulen desde los organismos jurisdiccionales- vía correo electrónico con firma digital- y distribuyendo los mismos, de manera transparente y equitativa entre sus integrantes.

b) Promover la constante capacitación de Profesionales, Técnicos y Técnicas de los Cuerpos de Investigación Forense y mantener relaciones institucionales con autoridades de organismos similares de otras jurisdicciones del país, a los fines de recíproca colaboración, pudiendo proponer la celebración de convenios y recabar información científica que conduzca a un mejor servicio del Cuerpo.

c) Asegurar la vinculación de Profesionales, Técnicos y Técnicas de los Cuerpos de Investigación Forense Circunscripcionales, homogeneizando las prácticas y la dinámica de labor, confeccionando protocolos de actuación.

d) Toda otra función que le sea encomendada por el Superior Tribunal de Justicia relacionada con la organización a su cargo.

II. Del Subdirector o Subdirectora:

a) Asistir a la Dirección en todas las funciones encomendadas y suplir en caso de ausencia.

b) Informar a la Dirección, diariamente, la recepción de los requerimientos para su distribución y asignación, comunicando a posteriori en quien recae la asignación de la pericia, al asignado o asignada y a la autoridad requirente.

c) Aquellas tareas que sean establecidas vía reglamentación por el Superior Tribunal de Justicia.

III. De quienes integren el Cuerpo:

a) Cumplir con la pericia o tarea encomendada por la Magistratura o requerida por el Ministerio Público, dentro de los plazos procesales pertinentes, dando cumplimiento a las disposiciones de los códigos y normas vigentes en la provincia, realizando sus pericias, dictámenes o

informes de acuerdo a las reglas técnicas y principios propios de su especialidad profesional.

b) Desempeñar las funciones que le encomiende su superior inmediato y toda otra requerida por el Superior Tribunal de Justicia relacionado con el cargo.

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