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Artículo 31

Artículo 31

Código Procesal Administrativo de Río Negro · Ley 5106

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La presente distribución de competencia tiene carácter transitorio y se encuentra supeditada a la creación del fuero especial administrativo.

Dentro de un plazo que no podrá superar los cinco (5) años, deberá instrumentarse la creación del fuero especializado con la correspondiente nueva asignación de competencias.

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Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

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