Artículo 266
Imposición
Código Procesal Penal de Río Negro · Ley 5020
Toda decisión que ponga término al procedimiento o a un incidente se pronunciará sobre el pago de las costas procesales.
Estas serán impuestas a la parte vencida, salvo que el tribunal halle razón suficiente para eximirla total o parcialmente.
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