Artículo 263
Multa
Código Procesal Penal de Río Negro · Ley 5020
Si el condenado no paga la multa dentro del plazo que fija la sentencia, será citado para que indique si pretende sustituirla por trabajo comunitario o solicitar plazo para pagarla o pagar en cuotas.
Si es necesario el juez procederá al embargo y a la venta pública de los bienes embargados, conforme al Código Procesal Civil o ejecutará las cauciones.
El importe de las multas será destinado al Patronato de Liberados.
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