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Artículo 256

Resolución

Código Procesal Penal de Río Negro · Ley 5020

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El Superior Tribunal de Justicia podrá revocar la sentencia remitiendo a un nuevo juicio cuando el caso lo requiera o pronunciar directamente la sentencia definitiva.

Cuando la sentencia sea absolutoria o declare la extinción de la acción penal se ordenará la libertad del imputado, la restitución de la multa pagada y de los objetos decomisados.

La nueva sentencia resolverá la indemnización a favor del condenado o de sus herederos, si se constatase el fallecimiento de aquél.

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