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Artículo 243

Procedimiento

Código Procesal Penal de Río Negro · Ley 5020

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Para lo relativo al procedimiento y la decisión, se aplican analógicamente las disposiciones relativas a la impugnación ordinaria de las sentencias, a excepción del plazo para decidir que podrá extenderse hasta un máximo de treinta (30) días.

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