Artículo 20
Competencia durante la investigación
Código Procesal Penal de Río Negro · Ley 5020
Dentro de una misma circunscripción judicial todos los jueces penales serán competentes para resolver las peticiones de las partes sin perjuicio de las normas prácticas de distribución del trabajo que se establezcan.
Cuando el fiscal investigue en forma conjunta delitos cometidos en distintas circunscripciones judiciales, entenderá el juez de la circunscripción correspondiente al hecho más grave o donde se desarrolle la investigación principal, salvo cuando el imputado se oponga porque se dificulte el ejercicio de la defensa o se produzca retardo procesal.
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