EJUR · herramientas abiertas

Artículo 404

Oportunidad

Código Procesal Civil y Comercial de Río Negro (Ley 4142) · Ley 4142

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En la oportunidad establecida para el ofrecimiento de prueba, según el tipo de proceso, cada parte podrá exigir que la contraria absuelva posiciones concernientes a la cuestión que se ventila.

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Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

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