Artículo 77
Incorporación Sin Observación de Reglas de Naciones Unidas
Ley de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes de Río Negro · Ley 4109
Se consideran parte integrante de la presente las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de Justicia de Menores (Reglas de Beijing – Resolución Nº 40/33 de la Asamblea General), las Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad (Reglas de RIAD –Resolución Nº 45/113 de la Asamblea General) y las Directrices de Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (Directrices de RIAD).
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