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Artículo 77

Incorporación Sin Observación de Reglas de Naciones Unidas

Ley de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes de Río Negro · Ley 4109

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Se consideran parte integrante de la presente las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de Justicia de Menores (Reglas de Beijing – Resolución Nº 40/33 de la Asamblea General), las Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad (Reglas de RIAD –Resolución Nº 45/113 de la Asamblea General) y las Directrices de Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (Directrices de RIAD).

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Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

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