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Artículo 7

Artículo 7

Ley de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes de Río Negro · Ley 4109

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Medidas de efectivización, definición y objetivos. El Estado Rionegrino adopta medidas legislativas, administrativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos a niñas, niños y adolescentes a través de normas jurídicas operativas. Las medidas de efectivización de derechos comprenden las de acción positiva que garantizan la igualdad real de oportunidades, de trato y el pleno goce y ejercicio de los derechos humanos reconocidos por la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales vigentes, la Constitución de la Provincia de Río Negro y la legislación nacional.

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