Artículo 13
Creacion
Ley de Violencia Familiar de Río Negro · Ley 3040
A efectos de desarrollar el Programa del artículo 12 de la presente, se crea la Comisión Provincial de Prevención, Erradicación y Atención de la Violencia en la familia cuyas funciones se detallan en el artículo 11 de la presente y está integrada por representantes de las siguientes instituciones:
a) Ministerio de Familia.
b) Ministerio de Salud.
c) Ministerio de Educación.
d) Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.
e) Ministerio de Gobierno.
f) Consejo Provincial de la Mujer.
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