Artículo 10
Politicas
Ley de Violencia Familiar de Río Negro · Ley 3040
El Poder Ejecutivo Provincial y los municipios que adhieran a la presente, promueven una política de prevención, erradicación y atención de la violencia en el ámbito de las relaciones familiares, definida como:
a) La modificación a largo plazo de patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, incluyendo el diseño de programas de educación formal y no formal apropiados en todos los niveles del sistema educativo, público y privado, para eliminar prejuicios, costumbres y prácticas basados en patrones de dominación o en los roles estereotipados de mujeres y varones que legitimen o provoquen situaciones de discriminación y violencia en el ámbito de las relaciones familiares.
b) La prestación de servicios especializados adecuados para la atención integral de las familias que padecen situaciones de violencia, promoviendo la conformación de redes locales para el abordaje de la problemática de manera interdisciplinaria e interinstitucional.
Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.