Artículo 757
Certificados
Código Procesal Civil y Comercial de Neuquén · Ley 912
Antes de ordenarse la inscripción en el Registro de la Propiedad de las hijuelas, declaratoria de herederos, o testamento, en su caso, deberá solicitarse certificado sobre las condiciones de dominio de los inmuebles.
Abrir este artículo en el visor ↗
Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.
Compartir
WhatsApp