EJUR · herramientas abiertas

Artículo 670

Dictamen técnico administrativo

Código Procesal Civil y Comercial de Neuquén · Ley 912

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La oficina topográfica podrá solicitar al juez el expediente con el título de propiedad. Dentro de los treinta días contados desde la recepción del acta y diligencia de mensura o, en caso, del expediente requerido al juez, remitirá a éste uno de los ejemplares del acta, el plano y un informe acerca del valor técnico de la operación efectuada.

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