EJUR · herramientas abiertas

Artículo 650

Trámite para la modificación o cesación de los alimentos

Código Procesal Civil y Comercial de Neuquén · Ley 912

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Toda petición de aumento, disminución, cesación o coparticipación en los alimentos, se sustanciará por las normas de los incidentes, en el proceso en que fueron solicitados. Este trámite no interrumpirá la percepción de las cuotas ya fijadas.

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Citas enlazadas, búsqueda dentro de la norma y varias abiertas a la vez. Sin registro.

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