EJUR · herramientas abiertas

Artículo 61

Prueba

Código Procesal Civil y Comercial de Neuquén · Ley 912

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Si el juez lo creyere necesario podrá recibir el pleito a prueba, o mandar practicar las medidas tendientes al esclarecimiento de la verdad de los hechos, autorizadas por este Código.

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