EJUR · herramientas abiertas

Artículo 159

Extensión a los funcionarios públicos

Código Procesal Civil y Comercial de Neuquén · Ley 912

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El ministerio público y los funcionarios que a cualquier

título intervinieron en el proceso estarán sometidos a las reglas precedentes, debiendo expedirse o ejercer sus derechos dentro de los plazos fijados.

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